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17.03.2011 | Aprobaron el proyecto

Fuertes cambios para las empleadas domésticas

Diputados amplió sus derechos laborales. La ANSeS pagará la licencia de 90 días por maternidad. Y los empleadores se harán cargo del pago adelantado de las vacaciones y de contratar un seguro de trabajo. Hay dudas sobre su puesta en práctica.

Clarín. Sociedad. Mariana García
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Por primera vez las empleadas domésticas podrán conquistar los mismos derechos que desde hace más de seis décadas disfrutan el resto de los trabajadores: un empleo con vacaciones pagas, licencia por maternidad, aguinaldo e indemnización por despido.

Aprobaron un proyecto que implica un cambio radical en el estatus laboral de las empleadas. Hasta ayer, su trabajo estaba regulado por un decreto ley que la llamada Revolución Libertadora promulgó en 1956. Si bien el decreto establece algunas obligaciones para el empleador –como pagar los aportes para jubilación y obra social, el aguinaldo y respetar las vacaciones– la diferencia más importante es que este proyecto entra en detalles y otorga beneficios que para el grueso de las empleadas resulta impensable.

Un ejemplo: podrá pedir hasta diez días libres por año para rendir exámenes o tomar licencia si algún miembro de la familia donde trabaja padece una enfermedad infectocontagiosa.

El aguinaldo, que corre sólo para empleadas con cama o trabajos mensuales, también será para las que lo hacen por horas.

Pero uno de los mayores avances del proyecto es la licencia por maternidad. Como ocurre con el resto de las trabajadoras, las empleadas domésticas podrán gozar de una licencia de tres meses –comenzando 45 días antes del parto–, mientras que el pago del salario correrá por cuenta de la ANSES, como ocurre en cualquier otro trabajo en relación de dependencia.


Dudas e incertidumbres

Este proyecto salda buena parte de la deuda laboral con las empleadas domésticas. Sin embargo, el sector sigue excluido –junto con los trabajadores rurales y los empleados públicos– de la ley de contratos de trabajo que regula al resto del mercado laboral de la Argentina.

La otra incógnita que plantea el proyecto es si una nueva ley podrá lograr que los empleadores cumplan con sus obligaciones. En el país existen 1,2 millones de empleadas. Según datos del Ministerio de Trabajo, el 90 por ciento de ellas tiene un empleo en negro.

“La ley implica un avance, pero no termina de resolver la cuestión de fondo, por ejemplo, cómo se va a fijar el salario si no hay una negociación colectiva, o como se va a cumplir la ley si no hay una inspección de las condiciones de trabajo”, explicó a Clarín Alejandra Angriman, Secretaria de Género de la CTA.

Para el empleador que ya tenía a su empleada en blanco, el nuevo régimen implicará algunos cambios. El patrón tendrá la obligación de cubrir las licencias por enfermedad y por estudio, además de contratar una ART para cubrir los accidentes de trabajo.

“La matriz de este proyecto fue muy buena, viene a saldar una deuda de añares”, señaló Fernanda Gil Lozano, diputada de la Coalición Cívica. El proyecto intenta regular una relación laboral complicada y heterogénea en la que se mezclan las variantes del servicio doméstico –con cama, por horas– con una patronal que, en muchos casos, es un trabajador más.


Los cambios

* Maternidad. Tendrán licencia de tres meses. Su salario lo pagará la ANSES.

* Enfermedad. Podrán pedir licencia y tendrán una ART.

* Vacaciones. Varían por antigüedad, con un máximo de 35 días y un mínimo de 14.


Más beneficios

* El proyecto establece nuevas condiciones laborales para las empleadas que hagan tareas de limpieza, pero también para quienes se dediquen al cuidado de otras personas.

* Determina que las jornadas laborales no pueden exceder las 8 horas diarias ni las 48 semanales, ya sea personal con cama o con retiro.

* Los menores de 16 años no podrán trabajar. Se podrá contratar personas de entre 16 y 18 años siempre que las jornadas no superen las 36 horas semanales ni las seis diarias. Además, el empleador tendrá la obligación de respetar sus horas para estudio.

* El período de prueba no podrá superar los 30 días en caso de la empleada con cama, o 15 días para la que trabaja con retiro.

* El sueldo deberá pagarse en efectivo. De no ser posible, se puede hacer con un cheque o depósito bancario y en ese caso, no deberá ocasionarle gastos a la empleada. Si se contrata a un matrimonio, los pagos deberán ser individuales.

* Para las empleadas con cama, obliga al empleador a respetar un descanso diario de tres horas, garantizar una habitación individual y las cuatro comidas completas.


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