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      Entrevista: “Cualquier juez de cualquier parte del mundo puede apresar a Putin”

      El argentino Javier Ruiz, abogado de la Corte Penal Internacional, explicó a "Clarín" las implicancias de la órden de arresto contra el presidente ruso.

      Entrevista: "Cualquier juez de cualquier parte del mundo puede apresar a Putin"Presidente de Rusia, Vladimir Putin, sobre quien pesa una orden de arresto por el tráfico de niños ucranianos. Foto: EFE

      El presidente ruso Vladimir Putin no tiene inmunidad como jefe de Estado para no ser detenido por los cargos de tráfico de niños ucranianos y deportación. No puede argumentarlo porque los cargos que caen sobre él están basados en el Convenio 4 de la Convención de Ginebra de 1949, aunque hoy la federación Rusia no sea parte del CPI pero firmó su fundación en Roma. Es un crimen universal y puede ser detenido.

      El doctor Javier Ruiz es argentino, abogado, especialista en Derecho Penal Internacional y miembro de la Asociación de Abogados de la Corte Penal Internacional (CPI) en Holanda . Experto en Derecho de Víctimas y derecho internacional por la Universidad de Oxford y el Instituto diplomático Asser, de La Haya.

      Desde La Haya explicó a Clarín las implicancias y alcances de la órden de detención que el CPI lanzó contra el presidente ruso y la habilidad del fiscal británico Karim Khan para argumentarlo y volverlo eficaz.

      Javier Ruiz, argentino, abogado, especialista en Derecho Penal Internacional y miembro de la Asociación de Abogados de la Corte Penal Internacional. Foto: GentilezaJavier Ruiz, argentino, abogado, especialista en Derecho Penal Internacional y miembro de la Asociación de Abogados de la Corte Penal Internacional. Foto: Gentileza

      -¿Qué implicancia tiene esta orden de arresto para Putin?

      -Varias lecturas. Por una parte, creo que la Corte Penal Internacional ha decidido utilizar de la manera más inteligente el Estatuto de Roma. Primero, es una orden de arresto, que está dirigida hacia el único acto de carácter administrativo que firmó Vladimir Putin con un ministro que se ve inmerso en el conflicto, el cual implica la deportación de niños de Ucrania a Rusia , en circunstancias de ocupación. Esto es algo que no está puesto aleatoriamente, ni nada. Tiene unas implicaciones bastante importantes.

      -¿Y en segundo lugar?

      -En segundo término, es una norma que, al estar expresamente mencionada en uno de los Convenios de Ginebra, el Convenio 4, no puede ser argumentado por los rusos como inaplicable o poder desoír el Estatuto de Roma , como ellos mencionan.

      -¿Por qué?

      -La Federación Rusa está argumentando que ellos se retiraron (N. de la R.: de la CPI). Ellos firman y reconocen la autenticidad del Tratado de Roma en 2010. En el 2016, cuando tenían que firmar para incorporarse, se van. O sea, Rusia no es parte del Tratado de Roma. Hay que decir que Ucrania tampoco, pero Ucrania sí es parte del estatuto de Roma. Cuando Ucrania, en el 2017, demanda a Rusia por la invasión a Crimea y de este modo, la Corte tiene jurisdicción y tiene competencias sobre Ucrania.

      Putin puede ser detenido


      -Usted está diciendo algo muy importante: que Rusia no forma parte del tratado que fundó la Corte Penal Internacional. En ese caso, ¿puede Putin ser detenido?

      -Exactamente, le voy a decir de manera afirmativa y categórica y le voy a expresar el argumento. Los actos ilícitos en el Derecho Penal Internacional se rigen por el lugar de la comisión del delito. Entonces, Ucrania, al haber aceptado la competencia de la Corte Penal Internacional, -aceptar la competencia es aceptar la ley aplicable- y por aplicación de la doctrina del paralelismo, está aceptando la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y el delito. Es decir, la deportación de menores como está cometido en territorio ucraniano hacia Rusia, implícitamente (Rusia) está aceptando en este sentido la competencia para el crimen, que es una competencia de carácter negativo. Pero se puede hacer valer perfectamente la competencia de la Corte Penal para este caso.

      Ginebra 4, el argumento fundamental


      -¿La CPI tiene derecho, por ejemplo, a visitar Moscú para probar sus alegaciones? ¿Putin sería juzgado en La Haya? ¿Sería juzgado por este cargo solamente o también incluiría todos los otros abusos en las otras ciudades?

      -Desde la materialización de la jurisdicción penal internacional en la subjetividad penal, con la firma del Tratado de Roma y la puesta en vigor en el 2002 de la Corte Penal Internacional, el organismo más importante de la ONU puede ir perfectamente a Rusia y por más que no sea parte. Así que, en ese sentido, no habría ningún problema. Ahora bien, ¿cuál es la inteligencia o la sabiduría de la orden de arresto? El fundamento básico de la orden de arresto es el Convenio de Ginebra 4, cuando habla de la deportación de niños de Ucrania a Rusia en circunstancias de ocupación. Eso es fundamental.

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      Es por crímenes de guerra, debido a su presunta implicación en el secuestro de niños en Ucrania

      - ¿Por qué?

      -El Convenio de Ginebra 4 es uno de los convenios que fueron firmados tanto por Rusia como por Ucrania. Es un convenio del año 1949 y esa es la sabiduría de la Oficina del Fiscal de la Corte Penal. Los Convenios de Ginebra integran lo que se llama el derecho internacional. Son derechos que entran dentro de la cláusula de lo no negociable y son derechos que no se discuten. Entonces ahí está la gran sabiduría del fundamento de la orden de arresto.

      El delito de deportación


      -¿Y al elegir el cargo de deportación?

      -El fundamento de la Corte Penal es la deportación, el traslado expresamente en el artículo 8, párrafo 2 del Tratado de Roma y lo menciona como “una violación flagrante”. Y también menciona al artículo 157 del Convenio de Ginebra 1949, del que Rusia y Ucrania son parte.

      -¿Cuál es el segundo resorte que tiene en cuenta el fiscal Karim Kahn para esto?

      -Al ser un crimen y un delito de un crimen internacional, cualquier juez puede ejercer aplicación del principio de jurisdicción universal. Porque el Estado puede enjuiciar a los autores de delitos graves, con independencia del lugar de la comisión del ilícito y con independencia de la naturaleza en relación al autor.

      La jurisdicción universal es la jurisdicción que está dada por la naturaleza del delito. O sea, cualquier juez de cualquier parte del mundo lo puede apresar"

      -¿Por qué mencionan "los intereses de justicia"?

      -Cuando dice “en intereses de justicia” no la menciona como una forma, como un notifíquese. Los llamados ”intereses de justicia” son los criterios discrecionales del fiscal. Es una figura que es típica del derecho anglosajón, del "common law". Es una válvula que tiene todo fiscal anglosajón para usar los criterios discrecionales. Y mencionar también que, según el párrafo segundo o el primero del artículo 53 del Tratado de Roma, cuando según la información que tiene el fiscal, implica que se ha cometido o se está cometiendo.

      Introduce la figura del “delito continuado”, a través de los criterios discrecionales de la Fiscalía. O sea que es un delito que todavía se está cometiendo, o sea, son tres aspectos. Yo no los he leído todavía en ningún diario, en ningún análisis. Pero se lo quería transmitir.

      ¿Putin tiene inmunidad?


      -Putin es presidente, tiene inmunidad, es jefe de Estado en un caso como éste y al mismo tiempo visitó Mariupol, ¿podría ser detenido por fuerzas especiales ucranianas, por ejemplo?

      -El artículo 27 de la Corte Penal Internacional terminó con la inmunidad de los jefes de Estado y es muy claro. Hay inmunidad de persona, inmunidad de cargo. La Corte Penal Internacional, en el 98, se basa básicamente en tres precedentes. Primero, se basa en el precedente del caso Sherodia, en un caso del año 2007, cuando el 14 de febrero del 2007 detienen a un ministro del Congo, en Bruselas, cuando aterriza. Era ministro del Interior. Ténganlo en cuenta para más adelante, para el caso del canciller Lavrov.

      Canciller ruso, Sergey Lavrov. Foto: APCanciller ruso, Sergey Lavrov. Foto: AP

      -¿El segundo?

      -El segundo basamento de terminar con la inmunidad del Jefe de Estado, es el caso Taylor, en la Corte Especial de Sierra Leona, dictada por el fiscal y mi ex profesor, el doctor David Crain de los Estados Unidos, fiscal de la Corte Especial de Sierra Leona, con todos los cargos para el ex dictador Charles Taylor. Y el tercer caso, el caso de Omar Al Bashir del 2019, dictado acá por la misma Corte Penal Internacional, el caso de Sudán. Podemos mencionar también el caso de Milosevic, allá en el 99. Podemos mencionar también otros casos más. Pero en principio, la inmunidad y el “leading case” en los cuales se va a basar la Corte Penal Internacional para fundamentar otros cargos contra Putin -supuestamente creo que se esperan- será el caso de Bosnia contra Serbia, el caso en la Corte Internacional de Justicia del año 2007.

      El caso Nisman y una advertencia para Argentina

      -¿Con ese criterio, el caso Nisman puede llegar al CPI?

      -El caso Nisman habría que ver porque el problema es que el delito de terrorismo no es un delito que la Corte Penal Internacional pueda juzgar. Sí podría entrar por un crimen contra la humanidad, si se puede llegar a elaborar algún vínculo entre lo que sería el memorándum. Creo que sería más una cuestión de prueba que de otra cosa. Y además de voluntad política, ¿no? Por supuesto.

      -...

      Usted me está dando el pie para que le comente otra cosa. El tratado de Roma, en el preámbulo, ordena expresamente en el sexto párrafo, cuando dice "recordando el deber de todos los estados de ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales". Así que este es un llamado para Argentina también. Yo leí por ahí, en un diario hace dos semanas, que querían – al menos ciertos sectores del gobierno- que el ministro Lavrov, un futuro criminal de guerra, canciller de Vladimir Putin, vaya a Buenos Aires. Todos los Estados firmantes del Tratado de Roma tienen la obligación de cooperar con la Corte. No solo lo dice el preámbulo, sino también hay una cápita específica en el Tratado de Roma, artículos 93, 98. Y si preguntan si Lavrov puede ir a Buenos Aires, mándelos a leer artículos 93 o 98 del Tratado de Roma.

      Los chicos secuestrados


      Peluches y juguetes en Bruselas simbolizan cada uno de los chicos ucranianos secuestrados por Rusia. Foto: Nicolas Maeterlinck / Belga / AFPPeluches y juguetes en Bruselas simbolizan cada uno de los chicos ucranianos secuestrados por Rusia. Foto: Nicolas Maeterlinck / Belga / AFP

      -Según lo denunció la CPI, hay 64 chicos ucranianos probadamente secuestrados por Putin. ¿Qué cargos corresponden a este delito?

      -El tráfico internacional de menores y el tráfico de personas integran una categoría que no son "crímenes internacionales", pero son los llamados "crímenes penales emergentes". Esto es, crímenes internacionales dentro de la órbita de la CPI. Es crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y el crimen de agresión. Ahora bien, hay una categoría intermedia de delitos internacionales que, sin llegar a ser los crímenes bajo la órbita de la CPI, pueden entrar dentro de la CPI por vía indirecta, dentro de la Corte Penal Internacional.

      -¿Por ejemplo?

      -El tráfico internacional de menores, la violencia sexual como arma de guerra. Los crímenes de género como arma de guerra. El tráfico internacional de drogas. El llamado “Money Laundering”, lavado de dinero con efectos de crímenes internacionales. La ciberseguridad o el ciber-terrorismo.

      ¿Quién podría detener al presidente Putin? ¿Lo podría detener, por ejemplo, una fuerza internacional de la ONU, o lo podrían detener las fuerzas especiales ucranianas en una operación? Es posible que, así como estuvo en Mariupol y en Crimea, va a tratar de ir a alguna otra ciudad ocupada.

      -El otro día hacíamos especulaciones con unos colegas. Lo que estamos pensando es que esta orden de arresto llega en un momento donde se está esperando una primavera bastante importante en términos bélicos, ¿no? Donde los combates se van a incrementar. Entonces se le está dejando más espacio a la diplomacia. Esta orden de arresto viene a arrinconar un poco más a Putin. Entonces. ¿Lo pueden detener? Si, perfectamente.

      -¿Que puede hacer la diplomacia?

      Yo estoy convencido, por ejemplo, el embajador Rafael Grossi, encargado del Organismo Internacional de Energía Atómica, puede perfectamente pedir -yo creo que ya lo habrá hecho- a la Asamblea General de las Naciones Unidas, una fuerza de establecimiento o fuerza de mantenimiento de paz por la planta nuclear de Zaporiya. Bueno, lo que tiene que hacer es poblar con un "kit enforcement”, la zona de la planta nuclear. Y a raíz de ahí, es la única forma que puede haber efectivos de la ONU, de poder legitimar una fuerza de mantenimiento, de establecimiento en Zaporiya o al lado de Jerson, donde hubo enfrentamientos bastante fuertes.

      París, corresponsal

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      Sobre la firma

      María Laura Avignolo
      María Laura Avignolo

      Corresponsal de Clarín en París. mavignolo@clarin.com

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