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      Los fundamentos del Tribunal para liberar a Zannini

      Según argumentaron, que haya sido funcionario no implica que pueda entorpecer la investigación en su contra. 

      Los fundamentos del Tribunal para liberar a ZanniniCarlos Zannini salió del penal de Ezeiza en las primeras horas de este sábado 24 de marzo. (Foto: Mario Sayes)
      Redacción Clarín

      En la resolución firmada en la madrugada de este sábado para disponer la libertad de Carlos Zannini, el Tribunal Oral Federal 8 descarta que las "relaciones residuales" que podría conservar como ex funcionario público le permitirían entorpecer el avance de la causa en su contra. 


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      Ese argumento, conocido como "la doctrina Irurzun" (en referencia al juez Martín Irurzun, presidente de la Cámara Federal), había sido uno de los principales para disponer en diciembre la prisión preventiva del ex Secretario de Legal y Técnica de la Presidencia en la causa por encubrimiento del atentado a la AMIA, en la que además están implicados, entre otros, la ex presidenta Cristina Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman y el ex jefe de inteligencia Oscar Parrilli. También el piquetero y ex funcionario Luis D'Elía, quien recuperó la libertad al mismo tiempo que Zannini.  El tribunal dispuso que ninguno de los dos puede salir del país sin su autorización. 

      La orden de liberación de Zannini emitida luego del fallo.La orden de liberación de Zannini emitida luego del fallo.

      "Zannini no posee vinculación con la oficina que antes ocupó o con ninguna otra del Poder Ejecutivo Nacional. No puede inferirse, entonces, que detenta un poder residual de influencia que le permita obstaculizar la marcha del proceso, cuando no tiene ningún nexo con funcionarios de la administración actual, ni acceso a documentación oficial", explicaron las juezas Gabriela López Iñiguez y Sabrina Namer en el fallo de 26 páginas firmado a las 4.45 de este sábado, luego de que la fiscal Gabriela Baigún se pronunció en el mismo sentido. Nicolás Toselli, tercer integrante del tribunal, se excusó. 


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      "La calidad de ex Secretario Legal y Técnico del encausado no resulta, por sí mismo, un dato del que pueda extraerse indicio alguno de riesgo procesal, máxime en las condiciones actuales. Zannini no posee vinculación con la oficina que antes ocupó o con ninguna otra del Poder Ejecutivo Nacional. No puede inferirse, entonces, que detenta un poder residual de influencia que le permita obstaculizar la marcha del proceso cuando no tienen ningún nexo con funcionarios de la administración actual, ni acceso a documentación oficial", indicaron las juezas en su resolución. 

      Zannini habla a los medios tras su liberación (Foto: Mario Sayes).Zannini habla a los medios tras su liberación (Foto: Mario Sayes).

      En otro párrafo, las magistradas argumentaron: "Hasta el dictado de una sentencia condenatoria firme, lo único que justifica la aplicación de una medida cautelar tan gravosa como la privación de libertad, es el efectivo entorpecimiento de la investigación, lo que aquí queda automáticamente descartado dado la etapa de debate en la que estamos". 

      Además, destacaron que "tampoco se advierten razones para pensar que Zannini tenga algún tipo de vínculo con el gobierno actual, como para tener por existentes las 'influencias' referidas anteriormente". 


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      Por otra parte, las juezas enumeraron aspectos que permiten sostener que "no puede vislumbrarse que en futuras oportunidades (Zannini) intentará eludir el accionar de la justicia".

      Entre ellos, señalaron que el ex funcionario K tiene arraigo al poseer domicilio fijo y trabajo en Río Gallegos, que no tiene condenas previas, que siempre estuvo a derecho y se presentó al Juzgado cada vez que fue citado, y que su detención "fue pacífica y no opuso reparo alguno". Las magistradas hasta repararon en que, al ser una figura conocida, no le resultaría fácil abandonar el país sin que alguien lo advierta. 


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      En la causa iniciada el 14 de enero de 2014 por el fiscal Alberto Nisman, quien fue hallado muerto cuatro días después en su departamento de Puerto Madero, también fueron detenidos en forma preventiva Fernando Esteche (ex líder de Quebracho), Jorge "Yusuff" Khalil (sería representante de Irán en la Argentina) y Ramón Bogado (se sospecha que es un espía).

      La nómina de acusados por el juez Claudio Bonadío en la causa se completa con el ex vicecanciller Eduardo Zuain, la ex procuradora del Tesoro de la Nación Angelina Abbona, el segundo de Parrilli en la AFI, Juan Martín Mena, y el diputado nacional y jefe de La Cámpora Andrés "Cuervo" Larroque.