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      Liquidaciones de ropa: 7 derechos básicos para no caer en trampas ni pagar de más

      Deben respetarse en todas las tiendas de la Ciudad y conocerlos es clave para los compradores. Cómo hacerlos valer.

      Liquidaciones de ropa: 7 derechos básicos para no caer en trampas ni pagar de másAlgunos locales ya en junio tenían fuertes ofertas, pero la ley permite usar la palabra "liquidación" desde agosto. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.

      Llega agosto y las tiendas de ropa entran en modo "sale o sale": extreman sus descuentos, urgidas por vaciar sus percheros de prendas de invierno y dar paso a la nueva colección. En liquidación, así, conseguir prendas a precio "regalado" es posible. Pero también hay riesgos de caer en engaños y falsas rebajas, en especial si el comprador no conoce en detalle cuáles son sus derechos.

      Las vidrieras y los sitios web tientan por estos días -y en varios casos lo vienen haciendo desde junio- con fórmulas irresistibles del tipo "todo hasta 70% off", "2x1" o "liquidación total".

      A veces, sin embargo, a la hora de la verdad resulta que las gangas prometidas ya no están ("se agotaron​"). O que los porcentajes vistosos se aplican sólo a 2 o 3 productos de hace dos temporadas. O que los supuestos precios bajos ni siquiera están a la vista y hay que preguntar, con alto riesgo de que cobren "según la cara", entre otras situaciones posibles.

      Lo cierto es que, al promocionar sus ofertas y liquidar, las marcas no pueden hacerlo como se les antoje. Hay reglas estrictas a las que deberían ajustarse: pautas que figuran en normas nacionales y locales de protección al consumidor.

      Al hacer rebajas y comunicarlas, los locales están obligados a respetar normas estrictas. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.Al hacer rebajas y comunicarlas, los locales están obligados a respetar normas estrictas. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.

      Primero, las cosas por su nombre: no cualquier oferta puede ser llamada "liquidación"

      En la Ciudad de Buenos Aires la ley 3.504 obliga a distinguir claramente de cara al consumidor entre cuatro tipos de situaciones en las que un comercio puede rebajar sus precios:

      1) Ventas en "oferta". Son acciones puntuales por las cuales una tienda, en cualquier momento del año, decide rebajar precios u ofrecer condiciones de compra mejores (por ejemplo, más cuotas).

      2) "Liquidación de temporada". Por ley, sólo pueden ser llamadas así las ofertas que hacen las tiendas del 1º de agosto al 30 de septiembre de cada año y entre el 1º de febrero y el 31 de marzo, únicamente en productos de la temporada en marcha.

      3) ​Venta de "saldos". Aquí las notorias rebajas se deben a que las prendas tienen defectos de fabricación o están deterioradas, o bien a que se trata de productos discontinuos, usados o reconstituidos.

      4) ​"Liquidación por cierre". Es la que hace un negocio que está a punto de mudarse o de dejar de funcionar definitivamente, con el objetivo de vender rápido la mercadería en stock.

      ¿Puede un local hacer varios tipos de rebajas en simultáneo (por ejemplo, liquidar y hacer ofertas? Sí, pero los productos en cuestión "deben ubicarse en forma separada​", define la norma.

      Hay marcas conocidas que este invierno anticiparon más de un mes la liquidación. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.Hay marcas conocidas que este invierno anticiparon más de un mes la liquidación. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.

      "Los locales deben ordenar las prendas según el porcentaje de descuento: por ejemplo, 10%, 20%, etc. También deben diferenciarse claramente los productos de la temporada actual respecto de los de temporadas pasadas"​, indicó a Clarín Vilma Bouza, directora general de Defensa al Consumidor de la Ciudad.​

      ​Con todo esto aclarado, se repasarán ahora siete derechos básicos que los consumidores deberían tener presentes, según los expertos, al comprar ropa y calzado que se ofrece como rebajado.

      Derecho N° 1: las prendas promocionadas deben estar, sí o sí

      Es un principio básico que toda oferta dirigida a consumidores "obliga a quien la emite" y que incumplirla es una infracción sancionable, definida como "negativa o restricción injustificada de venta" (ley nacional 24.240). 

      De esto surge que las ofertas anunciadas en las vidrieras de locales de ropa, carteles en la vereda o publicidades tienen que estar disponibles cuando alguien las va a pedir, sin excusas.

      No pueden usarse simplemente como "ganchos" para hacer entrar a personas a un local o sitio web, pedirles disculpas porque la prenda "se agotó" y tratar de que se terminen llevando otra cosa.

      Los alcances y limitaciones de cada oferta deben estar claramente especificados. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.Los alcances y limitaciones de cada oferta deben estar claramente especificados. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.

      La ley porteña 3.504 ordena lo siguiente:

      • Prohíbe anunciar por cualquier medio "porcentajes de rebaja que correspondan a artículos que no posean existencia real en el local de venta".
      • Si la promoción se publicita en medios de comunicación, debe figurar su período de vigencia.
      • Y si el producto rebajado se agota, "la promoción deberá cesar en forma inmediata, anunciándose este hecho a través de los mismos medios que se emplearon para anunciar su comienzo", así como en los locales.

      "Cuando el stock de un producto promocionado se termina, el comercio debe informarlo con un cartel exhibido en la vidriera. De esa forma, se cumple con el deber de información al consumidor y se evitan malentendidos", explicó Bouza.

      ¿Y si no se cumple? "El consumidor tendrá el derecho a adquirir un producto equivalente al agotado, de similar calidad a idéntico precio al ofrecido en la rebaja de precios", establece la norma.

      Derecho N° 2: todos los productos, con su precio a la vista

      Tanto en vidriera como dentro de los locales, cada prenda debe tener precio. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.Tanto en vidriera como dentro de los locales, cada prenda debe tener precio. Foto: Andrés D'Elía/Archivo.

      Si es necesario preguntar "¿cuánto sale?" esta prenda o la otra, el comercio ya está en infracción. Y hay buenos motivos para sospechar que el descuento ofrecido es falso

      La ley porteña 4.827 obliga a todos los comercios a exhibir sus precios "en forma clara, visible, horizontal y legible", ya sea en cada producto o en listas a la vista del público.

      Derecho N° 3: el precio anterior, siempre informado

      Claudia Collado, presidenta de la asociación de consumidores Adelco, explicó que toda la mercadería que se ofrezca como rebajada debe estar marcada sí o sí con dos precios, el anterior y el actual, ambos en forma claramente legible, tal como lo ordena la ley 3.504.

      "La remarcación debe estar bien visible y en referencia a la rebaja", añadió la abogada. El "precio anterior" a informar, dice la norma, debe ser el que haya tenido el producto justo antes de la liquidación u oferta.

      Antes de salir de shopping, conviene conocer en detalle todos los derechos del comprador. Foto: Juano Tesone/Archivo.Antes de salir de shopping, conviene conocer en detalle todos los derechos del comprador. Foto: Juano Tesone/Archivo.

      Derecho N° 4: cada descuento con su porcentaje

      Al promocionar descuentos, no basta con que el local haga una mención genérica del tipo "hasta 60%". "El anuncio de diferentes niveles de rebajas se debe publicar mediante un porcentaje cierto en cada caso", dice la ley 3.504.

      Y agrega: "En los casos que se ofrezcan diferentes porcentajes de descuento, el local deberá sectorizar y señalizar en forma destacada los artículos que correspondan a cada uno de ellos".

      Derecho N° 5: las liquidaciones por cierre no pueden ser eternas

      Si pasan los meses y un mismo negocio sigue anunciando que liquida todo porque se va, no se está ante un cierre sino ante una estrategia desleal e ilegal para atraer compradores.

      Para evitar estos engaños, la ley porteña 3.504 indica que estas liquidaciones:

      • Deben tener una fecha de inicio y una fecha de cierre especificadas.
      • No pueden durar más de dos meses; a lo sumo tres meses sólo si una "circunstancia extraordinaria" llevó a postergar el cierre.
      • Sólo pueden incluir productos traídos al local antes del inicio de la acción.
      Las liquidaciones por cierre de Falabella dieron que hablar este año. Foto: Rafael Mario Quinteros/Archivo.Las liquidaciones por cierre de Falabella dieron que hablar este año. Foto: Rafael Mario Quinteros/Archivo.

      Derecho N° 6: un mes para los cambios y sin restricciones

      Quien compra ropa en liquidación tiene los mismos derechos que en otros momentos respecto de los cambios, y esto vale más allá de los cartelitos que algunos locales suelen poner en contrario.

      En Defensa al Consumidor confirmaron que las reglas aplicables son las de la ley porteña 3.281 y sus modificaciones, que disponen que toda devolución o cambio:

      • "Respetará el valor del producto al momento de la compra".
      • Podrá hacerse dentro de los 30 días corridos a partir de la compra.
      • Podrá hacerse en los mismos días y horarios en los que el comercio atiende al público para vender.

      "En el resto del país, donde no haya una norma específica, la ley nacional 24.240 obliga a los comercios a informar en detalle las condiciones de cambio del producto, garantizando un trato digno y equitativo", precisó Collado.

      Lo que se compre en liquidación debe poder cambiarse del mismo modo que cualquier otra prenda. Foto: EFE/Archivo.Lo que se compre en liquidación debe poder cambiarse del mismo modo que cualquier otra prenda. Foto: EFE/Archivo.

      Derecho N° 7: si el cambio es por algo más barato, deben reconocer la diferencia

      Si al cambiar una prenda quedara un saldo a favor del consumidor, ese dinero no se pierde: el local debe dar "un comprobante que refleje dicho saldo o su equivalente en dinero en efectivo, a elección del comercio", indica la ley 3.281.

      Y especifica que ese vale debe tener una vigencia de al menos 90 días corridos a partir del momento de su emisión.

      ¿Cómo reclamar si alguno de estos derechos no se cumple?

      En Defensa al Consumidor indicaron que los vecinos pueden reportar irregularidades a través de la aplicación BA 147 (bajar desde aquí a celulares Android y desde aquí a móviles de Apple), para que un inspector vaya al local en menos de 72 horas, constate la infracción y lo obligue a ponerse en regla.

      Por otra parte, si un comercio ya cobró de más a través de un engaño y se niega a devolver la plata, se puede hacer una denuncia ante el organismo para ir a una mediación virtual, tal como detalla esta nota.

      Las irregularidades se pueden reportar en minutos desde el celular a Defensa al Consumidor. Foto: Archivo.Las irregularidades se pueden reportar en minutos desde el celular a Defensa al Consumidor. Foto: Archivo.

      Cinco consejos de Adelco para comprar bien en una liquidación de temporada

      • Antes de empezar, definí un presupuesto y hacé una lista de las prendas que más necesitás renovar.
      • Investigá antes las ofertas y compará precios, para detectar si hay descuentos que no son tan reales.
      • Al elegir, pensá en el uso que podrías darle a la prenda y en cómo la combinarías, para evitar gastar en ropa que no vas a aprovechar.
      • Observá bien que las prendas en oferta no estén dañadas ni falladas.
      • Comprá productos de buena calidad, que puedas usar por bastante tiempo.

      MG


      Sobre la firma

      Martín Grosz
      Martín Grosz

      Editor de Consumo y Servicios mgrosz@clarin.com

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