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      Jury por el caso Lucio Dupuy: absolvieron a la jueza que le dio la tenencia a la madre

      • La misma resolución tomaron para su asesora, Elisa Catán.
      • El niño fue asesinado en 2021 en La Pampa por su madre y la pareja.

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      La Justicia dictaminó absolver a la jueza, Ana Clara Pérez Ballester, y a la asesora de menores, Elisa Catán, en el caso de Lucio Dupuy.
      Redacción Clarín

      Un jury de enjuiciamiento absolvió este viernes a la jueza Ana Clara Pérez Ballester, que le dio la tutela a la madre de Lucio Dupuy, el nene de 5 años asesinado en 2021 en La Pampa por su mamá y la pareja de ésta, actualmente con prisión perpetua.

      En el fallo que se conoció este mediodía, el jurado también absolvió a la asesora de la magistrada, Elisa Catán.

      El veredicto del jury a la jueza de Familia y la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes se dio a conocer luego de que el procurador general subrogante pidiera que la jueza sea condenada y destituida por mal desempeño en sus funciones.

      La audiencia comenzó a las 12 con la lectura del fallo sobre las dos acusadas, Pérez Ballester, titular del Juzgado de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes 1; y Elisa Catán, a cargo de la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes 2, ambos organismos de General Pico.

      Las dos eran juzgadas por su labor en la tramitación de los legajos por la tutela y el cuidado personal de Lucio, asesinado el 26 de noviembre de 2021 por su madre Magdalena Espósito Valenti y la pareja de esta, Abigail Páez.

      La jueza durante la lectura del fallo.La jueza durante la lectura del fallo.

      La votación fue 4 a 1 a favor de la absolución. Por tal opción se inclinaron el titular del jury y presidente del Superior Tribunal de Justicia, Fabricio Luis Losi; la diputada María Andrea Valderrama Calvo y las abogadas por la matrícula, Silvina María Garro y María Natalia Gaccio; mientras que la legisladora María Silvia Larreta votó en minoría por la destitución de ambas funcionarias.

      De esta manera, Pérez Ballester fue autorizada para volver a ejercer su cargo. Lo mismo ocurrió con Catán, quien no asistió a la sala por un inconveniente familiar.

      Ramón Dupuy, abuelo de Lucio se descompensó al escuchar el fallo. Pese a que se negó a ser trasladado en una ambulancia a un centro médico, fue atendido por médicos en la sede de la Legislatura de La Pampa, donde se desarrollaron todas las audiencias. Contrariamente, la resolución fue festejada por Pérez Ballester, que se abrazó a sus abogados.

      Pérez Ballester fue la que homologó el acuerdo entre la tía de Lucio Leticia Hidalgo, que tenía la tenencia, y la madre del nene, Magdalena Espósito Valenti (26). Allí se establecía que a partir de julio de 2020 el chico se mudaría de General Pico a Santa Rosa, donde vivía Espósito Valenti junto a su pareja, Abigail Páez (27).

      Los fundamentos de la absolución

      Cada uno de los integrantes del jurado fundamentó los motivos de su decisión. El presidente del Superior Tribunal de Justicia y también presidente del jury señaló que "la acusación del procurador no quedó acreditada luego del desarrollo del debate, toda vez que los reproches fueron por materias absolutamente opinables; poniendo en cabeza de las funcionarias, obligaciones que no surgen de la ley aplicable y que hagan posible su reproche por omisiones o negligencias reiteradas en el ejercicio de sus funciones".

      "Si los familiares directos de Lucio no pudieron detectar o advertir situaciones de violencia, ni le manifestaron nada a su propia abogada cuando concurrieron a su estudio a firmar el acuerdo, ni tampoco a la mediadora prejudicial en el Centro Público de Mediación, ¿cómo podemos exigirle a dos funcionarias judiciales que lo advirtieran de la sola lectura de los expedientes?", planteó Losi, según difundió El Diario de La Pampa.

      Valderrama Calvo apuntó que cuando hay acuerdo entre las partes y ningún indicador de que se estén vulnerando los derechos del niño, los acuerdos "se homologan sin más" y en este sentido enfatizó que "la actuación de las acusadas en ambos expedientes no distó de la generalidad que llevan adelante todos los que conforman el sistema judicial pampeano en materia de derecho de familia".

      La abogada Gaccio coincidió: "Ni la propia familia paterna, que era quien frecuentaba al niño, pudo advertir a las autoridades de la existencia de violencia (...) La jueza y la asesora, con las constancias que había en los expedientes, que fue lo único que pudieron tener a la vista a la hora de resolver las cuestiones debatidas (tutela y cuidado personal), no contaron con elementos de prueba que evidenciaran violencia sobre el niño". Y sobre las medidas de prueba que podrían haber pedido las funcionarias, dijo que tenían esa potestad pero "cae en la órbita del criterio judicial, no pudiendo ser materia de análisis en este proceso".

      La también abogada Garro enfatizó sobre la polémica de si se había escuchado a Lucio: "¿Cómo habría de dilucidarse cuál es el interés superior del niño en cada situación si no se averigua qué es lo que opina el principal protagonista? Opinión que si bien es justo tener en cuenta, no significa hacer necesariamente lo que el niño diga, sino valorar su opinión en armonía con los restantes pruebas de la causa, a fin de no transformarlo en un árbitro de cuestiones que están más allá de su decisión y responsabilidad".

      La diputada Larreta fue la única que votó en contra de la absolución, al considerar probado el mal desempeño ya que "la 'práctica habitual' en los procesos judiciales nunca puede ser tomada como eximente; muy al contrario, si esa habitualidad es perfectible, la sociedad demanda que se modifique".

      "La escucha no implica exclusivamente una manifestación verbal, sino que puede obtenerse por otros medios, acordes a la edad y a su desarrollo", resaltó Larreta, quien consideró que "la edad no puede ser un factor determinante para no otorgarle ese derecho".

      El pedido del procurador general

      El martes se había realizado la quinta y última audiencia del jury. El procurador general subrogante de La Pampa Guillermo Sancho había pedido que ambas sean condenadas por mal desempeño en sus funciones en un alegato en el que destacó que Lucio no fue escuchado y que presentaba indicadores de violencia y abuso sexual infantil.

      Sancho acusó a las dos funcionarias por mal desempeño, según el artículo 22 de la ley provincial 313 de Jurado de Enjuiciamiento y se remitió a los incisos 2) y 3) que se refieren al "incumplimiento reiterado de los deberes inherentes al cargo" y de "incompetencia o negligencia reiterada, demostrada en el ejercicio del cargo".

      La jueza Ana Pérez Ballester.La jueza Ana Pérez Ballester.

      El procurador general adjunto cuestionó a las dos funcionarias por "no haber escuchado a Lucio" cuando ya tenía 4 años y existían exposiciones y denuncias cruzadas entre la madre y el tío y al respecto el fiscal dijo: "Fue una falta grave, más aún en el contexto en que se dio la homologación del acuerdo. En forma verbal, gestual o por dibujos el niño se pudo comunicar", agregó.

      Incluso recordó que, posteriormente, a Lucio se le hizo una pericia, a través de una producción gráfica, cuya conclusión fue que "se registraron signos de indicadores de situaciones de violencia y abuso sexual infantil a través de figuras representativas del entorno familiar próximo".

      El tenso careo del abuelo de Lucio

      Ramón Dupuy, el abuelo de Lucio, protagonizó un tenso careo con la ex abogada de la familia, Adriana Alizia Mascaró. "¿Ah? ¿Nosotros somos los asesinos de Lucio? ¡Ustedes tienen la culpa! Vos y ellas dos", fue una de las fuertes frases durante el jury.

      Dupuy cuestionó así que hayan querido hacer ver como responsables del crimen a la familia y exclamó que las verdaderas culpables de lo sucedido eran la jueza y la asesora Elisa Catán -las funcionarias sometidas a este proceso- y la letrada. "Lo voy a seguir sosteniendo hasta el último día", sentenció.

      El careo del abuelo de Lucio con la ex abogada de la familia.El careo del abuelo de Lucio con la ex abogada de la familia.

      Antes de que se firmara el acuerdo que le otorgó nuevamente la custodia de Lucio a la madre, Ramón Dupuy asegura que le dio a la abogada una carpeta con fotos y pruebas. Sin embargo, ella lo trató de "mentiroso".

      Ese material, manifestó el abuelo, dejaba al descubierto "las cosas que hacían delante de Lucio, de plantas de marihuana en macetas y de chats con agresiones" a Christian Dupuy, padre del nene. Sin embargo, insistió Ramón, la letrada consideró que Lucio iba a estar mejor con la mamá.